Asociación de Bancos preocupada por aspectos del proyecto del DNI (Y no ley de reforma de la policial )

 La entrega de informaciones sensibles de los ciudadanos a lo que sería la nueva Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), se mantiene como tema de preocupación entre los actores del sistema financiero, quienes advierten sobre eventuales perjuicios.


Las observaciones del sector se elevaron a través de la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA), tras la aprobación de la iniciativa en el Senado de la República y su paso a la Cámara de Diputados para su sanción. 


En una comunicación remitida el pasado miércoles 15 de este mes de febrero, al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, la presidenta ejecutiva de la ABA, Rosanna Ruiz, si bien resalta los aportes del proyecto de ley no dejó de manifestar su perjuicio.


Precisó que existen disposiciones en la pieza que  deben ser revisadas con detenimiento, a fin de adecuarlas a una redacción destinada a salvaguardar la armonía legislativa y a procurar una aplicación efectiva y razonable.


“Esto así que, de permanecer la redacción actual, podrían ocasionar significativos perjuicios al sistema financiero, lesionando –además–, derechos fundamentales y constitucionales protegidos en el país”, alerta la ABA en su misiva.


“De permanecer la redacción actual, podría ocasionar significativos perjuicios al sistema financiero, lesionando –además–, derechos fundamentales y constitucionales protegidos en el país”

Rosanna Ruiz

Presidenta ejecutiva ABA“


Entregar datos


La entidad se refiere al artículo 11 de la propuesta legislativa que obligaría a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas, o personas naturales a entregar informaciones de sus bases de datos; aunque con la salvedad de que se haría con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República.


En ese punto, la ABA enfatizó a la Cámara de Diputados que la ley Monetaria y Financiera establece en su artículo 56 acápite b, la colaboración de información de las entidades de intermediación financiera (EIF), bajo la “obligación de confidencialidad” creando un esquema especial de tramitación.


Destacó que, conforme a esa legislación, las informaciones se pueden solicitar de manera directa, sin autorización judicial previa, o a través de la Superintendencia de Bancos o de Valores, debiendo ser respondidas en un plazo no mayor de 10 días laborales. 


Además, que los tribunales podrán ordenar la entrega de la información bancaria o financiera que resulte necesaria en el conocimiento de los casos, de cualquier naturaleza. De igual modo, que el Ministerio Público, previa autorización judicial, podrá requerir información de manera directa a las entidades de intermediación financiera o a los participantes del mercado de valores, a través de la Superintendencia de Bancos o de Valores, según corresponda.




“Aclaramos que esta modulación persigue eliminar cualquier distorsión o riesgo que pueda surgir del acceso indiscriminado a la información, de manera que los requerimientos sobre información que manejen las EIF siempre agoten una misma vía, tengan un único sujeto –ya determinado– y una finalidad específica”, aduce.


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